? Pago de TIBS (Beneficios por ingresos temporarios), IIBIS (Beneficios de ingresos por incapacidad) y SIBS (Beneficios por ingresos complementarios)

Pago de TIBS (Beneficios por ingresos temporarios), IIBIS (Beneficios de ingresos por incapacidad) y SIBS (Beneficios por ingresos complementarios)

Beneficios por Ingresos Temporarios (TIBS). Los TIBS se pagan hasta los dos primeros años posteriores a su reclamo al 75% de su Salario Promedio Semanal, si su salario por hora es inferior a US$ 8,50, para las primeras 26 semanas y luego al 70% después de las 26 semanas. Si usted gana más de US$ 8,50 por hora, es simplemente el 70%. El pago máximo actual de TIBS es US$ 750,00 por semana, y el mínimo es US$ 112,00 por semana. Este monto habitualmente aumenta el 1 de septiembre de cada año, pero únicamente para aquellas personas que sufran accidentes después de ocurrido el aumento. Si usted no recibe US$ 750,00 por semana, llámenos para analizar si podemos aumentar su pago. En algunos casos, aunque pocos, es posible aumentar la eligibilidad para los TIBS ¡a más de dos años! El pago de TIBS finalizará cuando regrese al trabajo o reciba una calificación de incapacidad. ¡No interrumpa su propio pago indemnizatorio tomando una fecha de MMI o calificación de incapacidad en forma apresurada!

Beneficios de Ingresos por Incapacidad (IIBS). Al alcanzar un MMI, es necesario hacer una calificación de incapacidad para que sus beneficios puedan continuar. Por cada punto porcentual de incapacidad, le corresponden 3 semanas de indemnización a la tasa semanal de IIBS. Por ejemplo, si su calificación de incapacidad es del 15%, multiplique 15 x 3 = 45 semanas de IIBS. La tasa de IIBS máxima es el 70% de la tasa de TIBS máxima. El pago máximo actual de IIBS es US$ 525,00 por semana. Puede presentar objeciones a cualquier calificación de incapacidad hecha por un médico. ADVERTENCIA – Después de cierto tiempo, la ley puede prohibirle reclamar una calificación de incapacidad. NO ESPERE a que sus beneficios hayan cesado de manera permanente para buscar ayuda.

Beneficios de Ingresos Complementarios (SIBS). Los SIBS están disponibles para aquellas personas que: (1) reciban una calificación de incapacidad del 15% o superior, (2) no conmuten IIBS a una suma global y (3) no se encuentran trabajando, o (4) trabajan pero ganan menos del 80% de su salario promedio semanal. Los trabajadores deben solicitarlos dentro de las 2 últimas semanas de los 3 meses anteriores a un trimestre de SIBS. Si usted tiene alguna habilidad para trabajar debe realizar un esfuerzo de buena fe para encontrar un empleo dentro de sus limitaciones. Debe presentar una constancia de que ha buscado trabajo en compañías que tienen trabajos disponibles dentro de estas limitaciones. Para continuar recibiendo los SIBS usted debe continuar solicitando trimestralmente los SIBS, según lo detallado anteriormente. Si la aseguradora presenta una objeción sobre sus SIBS, usted puede solicitar una BRC. El SIBS máximo es del 70% de la tasa máxima de TIBS. Si gana un trimestre objetado, la aseguradora paga los honorarios de los abogados, no usted.




 


Ask Yourself...
 
  ¿Le están pagando $674 semanales? De lo contrario, llame al 1-888-434-COMP.

  ¿El pago semanal de indemnización por accidente de trabajo llega siempre retrasado?

  ¿Sabía que el pago máximo que puede recibir es de US$ 210.007,00?

  ¿Tiene algún reclamo contra terceros, o algún reclamo por incapacidad al seguro social, un reclamo por despido ilegal, reajuste de casos de mala fe, o por mala praxis médica?




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